| Members: 51 |
| Language: Spanish |
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Justificación: El presente reglamento interno sirve como base para el desarrollo colaborativo de los asociados en las actividades, para desarrollar el mejor desempeño de cada miembro en sus áreas y además para contribuir al mejor funcionamiento de nuestra organización.
Artículo I: de las obligaciones de los Asociados para con la Organización y mantenimiento de la misma: Párrafo 1: Todos los Asociados deberán mantener su status de solvente con la organización, ya que somos un ente sin fines de lucro, y la organización depende de recursos que le provean sus propios afiliados. Esta reglamentado en el acta constitutiva que el monto para afiliarse será de 100 Bs. y la cuota anual será de 120 mil Bs. para los profesionales y 50 mil Bs. con cuota anual de 60 mil Bs. para estudiantes a pagarse en los tres primeros meses del año fiscal, que para los efectos comienza el 01 de Enero de cada año. Este sera el primer año y a partir del 2007, luego podra incrementarse de acuerdo a los niveles de inflación y las necesidades de la asociación. Párrafo 2: Los asociados se les notificara por correo electrónico una vez al mes durante los primeros tres meses del año de la cuota anual, posterior a este periodo, se esperara los siguientes tres meses por el pago, después de lo cual pasa a ser miembro pasivo de la asociación, y posterior a tres meses adicionales, si no cumple con la cuota, será automáticamente desafiliado, por no estar participando dentro de las reglas de la asociación. Si participa en otras actividades, se le recordara en alguna de ellas de la deuda pendiente para su correspondiente pago de compromiso con la organización. Párrafo 3: Todos los Asociados estarán comprometidos en la medida que participen activamente en la organización y sus actividades, teniendo también con ello algunos beneficios, ya que la asociación busca el bienestar y el progreso de cada miembro por igual. Así mismo, se iran estableciendo nuevos beneficios para los asociados, según el crecimiento de la Asociación a Nivel Nacional. Párrafo 4: La Dirección de Administración y la Secretaria velaran que se cumplan estas normas, para beneficio de todos los asociados. Párrafo 5: En las asambleas tendrán Voz y Voto solo los miembros solventes en la Asociación, así como esta estipulado en el Acta constitutiva, los miembros no solventes no tendrán derecho a voto, solo a voz, aunque deberán cumplir con otros requisitos para ello. Además se tomaran en cuenta las actividades asignadas para poder decidir que tanto están comprometidos con la Asociación, esto se hará con el fin de hacerlos elegibles a la Junta Directiva cuando se de el caso de ser necesario. Esto representa una manera de evaluar la gestión de cada dirección en el periodo que le corresponda ejercer dicha función. Y solo serán elegibles, aquellos que estén solventes con la Asociación en el momento que esto ocurra, salvo casos excepcionales, que pudieran presentarse. Los miembros solventes tienen pleno derecho a reclamo, cuando así lo crean conveniente, y siempre los canales de comunicación entre miembros deberá estar abierto a debate, para lograr los objetivos que como Organización tenemos. Parrafo 6: Del funcionamiento de las sucursales en cada Estado del Pais: Cada Estado tendra una sucursal que se regira por los presentes estatutos y el acta constitutiva de la asociación, y sera autonoma en su funcionamiento administrativo, para lo cual crearan sus propios directorios por region y que velaran por el fiel cumplimiento de los estratutos aquí escritos, asi como tambien por la realización de actividades que fomenten el crecimiento de la organización en cada region. De lo que cada sucursal Adquiera como entrada de dinero y bienes de sus afiliados y eventos se destinara un 30 % a la sede central de AVIS, que sera itinerante de acuerdo a donde se encuentre la Presidencia de la organización, con el fin de contar con un fondo de dinero disponible para todas las actividades que se vayan desarrollando en el pais, asi como tambien para preparar los programas de formación continua, traer invitados tanto nacionales como internacionales y cualquier otra que ayude al crecimiento personal y profesional de sus miembros en cada una de esas sedes.
Articulo II: De las actividades de la Asociación y los beneficios a los Socios activos de la misma. Párrafo 1: Todo Asociado tendrá derecho a tener un beneficio de sus actividades educativas como instructor o expositor dentro de la organización, por ejemplo, si imparte un curso de capacitación que sea patrocinado directamente por AVIS, tendrá derecho a un porcentaje de pago por ganancia neta de actividad y que dependera de lo recaudado en la misma, de acuerdo a las actividades en las que sea expositor o conferencista. Además de aquellas actividades en donde se tenga que trasladar algún directivo para actividades de la Asociación, se le cubrirán sus gastos dentro de lo posible, ya que esta contribuyendo al desarrollo de la organización de manera activa, trayendo más afiliados y mayores ingresos a nuestra organización para sostenerse en el tiempo. Párrafo 2: La organización garantizara que se cumplan con estos pagos a través de la Dirección de Administración y de las actividades que cumpla el Secretario para estar al día con estas obligaciones de la misma. Párrafo 3: Presidencia y Vicepresidencia tendrán como misión activa y permanente la búsqueda de contactos estratégicos y la planificación de actividades en conjunto con las direcciones Docente y Planificación de AVIS, para velar por la premisa fundamental del crecimiento de nuestra organización a nivel nacional. Párrafo 4: La Dirección de Educación en Tecnologías de Información para la Salud en conjunto con la Dirección de Programas y Proyectos, desarrollara los programas académicos con la asesoria que sea necesaria dentro de la asociación, para garantizar una de las premisas de AVIS, la difusión de la enseñanza en Informática en Salud, bajo un esquema abierto de interrelación con las otras direcciones y presidencia y Vicepresidencia, con el fin de alcanzar un altísimo estándar en lo que a Difusión de la enseñanza se refiere. Párrafo 5: La Dirección de Control para las tecnologías para la Salud, velara por el apoyo asesor y educativo que tiene la Asociación, siendo su principal rol el primero descrito. En el área educativa será un motor de conocimiento continuo para la asociación, destacando su tendencia hacia la actualización permanente de sus miembros en el área tecnológica para estar al día con las tendencias y los adelantos científicos que se estén produciendo a nivel mundial. Párrafo 6: La Dirección de Relaciones Académicas y Comerciales velara por establecer contactos con instituciones Universitarias que impartan conocimientos en Salud, para lograr establecer convenios con las mismas que ayuden a AVIS a difundir el conocimiento de nuestra área de trabajo, así como también hará contactos de tipo institucional con empresas dedicadas a la Salud y con miras a conseguir patrocinantes activos para la organización que sean cónsonos con lo que buscamos en la Organización, y establecer alianzas estratégicas para lograr beneficios comunes y lograr nuestros objetivos.
Artículo III: De las sanciones disciplinarias Párrafo 1: Dentro del acta constitutiva esta el principal punto de esto al respecto: No se tolerara hacer politiquería dentro de la Asociación, no tendrán cabida las actividades políticas dentro de la misma, Cada socio es libre de profesar lo que quiera, siempre y cuando eso no se haga dentro de la Asociación, y no afecte nuestro trabajo colaborativo con ningún ente sea Gubernamental y Social, si se dieran estos casos. Nuestra política interna siempre deberá ser cordial, acorde con las buenas normas de educación y con tolerancia absoluta a cualquier persona o grupo político que nos pida ayuda y asesoria, nunca negaremos nuestros servicios por cuestiones políticas ni de ninguna otra índole. Párrafo 2: será excluido de la Asociación cualquier persona que incumpla con esta norma, ya que si un afiliado comete un error de este tipo, perjudicara a toda la organización y ya esto de por si es una falta grave. Párrafo 3: Se consideran faltas menores, las que afecten la buena relación entre los asociados, las cuales se resolverán entre los implicados y la directiva, para solventarlas y estar en una onda de armonía de trabajo dentro del grupo de trabajo. Párrafo 4: Todo Asociado tendrá derecho a reclamo de participación en las actividades, si se viera indirectamente excluido, siempre y cuando se sienta capaz de afrontar el reto de esa actividad, lo cual deberá mostrar por los medios necesarios para así velar por el fiel cumplimiento de las tareas encomendadas, para beneficio de la Asociación y sus miembros en conjunto.
Artículo IV: de los Convenios Interinstitucionales. Párrafo 1: La participación de AVIS en eventos traerá siempre consigo la puesta en marcha de acciones enmarcadas en el crecimiento de la organización en cualquier marco de referencia SOCIAL, CULTURAL, EDUCATIVA y CIENTIFICA, tal como esta en nuestra acta constitutiva, en lo que se refiere a lo socio-cultural, es un punto que nos lleva a las relaciones sociales necesarias para crecer todos los miembros de la Asociación. Creemos firmemente en los Valores Humanos y estos deben verse desde el punto de Vista Holistico, por lo cual los actos socio-culturales son el marco perfecto para acrecentar dichos valores en pro de nuestro crecimiento, tanto personal, como profesional y como humano. Sin menoscabo del carácter Técnico-Científico-Académico que tiene la Asociación. Párrafo 2: Los convenios con otras instituciones deberán ser de relaciones GANAR-GANAR, con cualquiera que se realice. AVIS es una organización Joven en tiempo, pero añeja en conocimientos, así que dentro de este tipo de tónica, debemos siempre buscar relaciones que satisfagan nuestras necesidades, así como satisfacer nosotros los requerimientos que se nos pidan, y todos los afiliados deberán velar por el fiel cumplimiento de este párrafo, el bien común es la referencia por la cual nos guiamos en este punto. Párrafo 3: Los convenios deberán cumplir con los puntos referentes a la Asesoria y la Educación, siendo promotores de nuestros patrocinadores, solo cuando ellos también cumplan con sus obligaciones con nuestra Asociación, para que las reglas de juego no sean alteradas por ningún otro tipo de convenios extraños a la organización. Siempre estarán por delante los Intereses de AVIS, antes que cualquier otro y así deben cumplirlo los miembros de la misma. Párrafo 4: Las relaciones interinstitucionales con entes académicos estarán enmarcadas dentro del respeto a nuestras competencias como Asociación, lo cual quiere decir que no se pueden dejar pasar los conflictos de intereses, Si algún ente Académico quiere algo especifico de nuestra organización, deberá primero llegar a acuerdo de cooperación donde el ente Académico brinde los espacios y los gastos de asesoria, según acuerdos antes de comenzar la labor. De esta manera AVIS obtiene también Ingresos adicionales y se fortalece, y ayudamos a estas organizaciones a fortalecerse también. Párrafo 5: Los honorarios profesionales por asesoria, Facilitación y labor educativa los fijara AVIS, en conjunto con el Asesor de dicha propuesta, para hacerlo acorde al requerimiento y nivel de complejidad que se esta planteando. Si algún miembro AVIS, actúa fuera de la Organización, es libre de hacerlo, solo que no deberá nombrar la organización en dicho acuerdo para nada, ya que esto puede acarrear conflicto de intereses y conflictos legales al no ser acordado ante la Asociación. Esto deja claro que el Afiliado puede asumir sus compromisos personales sin menoscabo de los que logre directamente con AVIS, pero dejando muy en claro que solo si lo hace a través de la Asociación, podrá nombrarla dentro de sus competencias. Párrafo 6: De faltar a la norma anterior, el afiliado podría tener sanciones disciplinarias y si es de gravedad el caso, desafiliación inmediata sin apelación, ya que cada ser humano es responsable por sus actos, y si estos tienen consecuencias legales, aun mayor es el conflicto a resolver, AVIS no asumirá ningún compromiso legal por un error de un afiliado si lo hace fuera de la Asociación, solo lo hará si por un acuerdo o convenio hecho por AVIS, fallamos internamente, lo cual esperamos no ocurra por nuestro control de gestión interno.
Los Artículos aquí descritos se aprobaron en la ultima asamblea extraordinaria y serán de aplicación inmediata, para el verdadero funcionamiento y control interno de la Asociación. En Maracaibo a los 25 días de Abril de 2007 Firmas y Cedulas en el acta extraordinaria.
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